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Portal Discapacidad
Centros ocupacionales
El Centro Ocupacional tiene como finalidad el desarrollo de las habilidades profesionales, personales y sociales de las personas cuya discapacidad les impide, de forma provisional o definitiva, integrarse laboralmente. (Centros ocupacionales Comunidad de Madrid)

Solicitud de plaza

Los impresos de solicitud de plaza en estos centros se recogen y tramitan en el Centro de Servicios Sociales Municipal que corresponda por razón del domicilio del solicitante.

Requitos generales

- Ser español o extranjero residente en el territorio de la Comunidad de Madrid, o ser transeúnte español o extranjero residente en cualquier territorio de la Unión Europea y que se encuentren, si son transeúntes, en evidente estado de necesidad y protección social. Los extranjeros transeúntes no residentes en la Unión Europea podrán acceder a estos Centros de acuerdo con lo dispuesto en los vigentes Tratados Internacionales y demás normativa aplicable.

- Acreditar la residencia en la Comunidad de Madrid, excepto en los casos de transeúntes que soliciten plazas con carácter temporal o cuando estén afectados por una situación de emergencia.

- Tener reconocida la condición legal de minusválido.

- Estar afectado de una deficiencia mental.

- Necesitar, a causa de su minusvalía y de sus circunstancias personales y familiares, de la atención en cualquiera de estos Centros, para conseguir su integración social.

- No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en centro hospitalario.

- En caso de solicitudes de plazas de carácter temporal, deberá justificarse documentalmente la necesidad del ingreso que se solicita.

Requisitos para CENTROS OCUPACIONALES

- Padecer una deficiencia mental ligera, moderada, o severa sin transtornos graves asociados que impidan desarrollar una actividad ocupacional.

- La adjudicación de plaza en estos Centros a las personas con deficiencia mental ligera tendrá carácter temporal, hasta tanto puedan ser integradas en empresas ordinarias o centros especiales de empleo o equivalentes.

- Tener una edad comprendida, en el momento de formalizar la correspondiente solicitud, entre los 18 y los 60 años. Con carácter excepcional se podrá rebajar la edad a los 16 años, ante la imposibilidad de continuar el proceso educativo en un Centro de Educación Especial.